
En agosto próximo Comisión Mixta comenzaría a votar en particular proyecto sobre traspaso de competencias
Comisión Mixta que se encuentra dirimiendo las divergencias surgidas entre la Cámara de Diputados y el Senado acerca del proyecto de ley sobre fortalecimiento de la Regionalización, comenzaría a votar en agosto próximo las materias que debe resolver dicha instancia.
Así lo informó el senador Rabindranath Quinteros, presidente de dicha instancia, luego de presidir una nueva sesión, la que contó con la presencia del subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes.
En la oportunidad, los parlamentarios presentes acordaron que sus asesores continuarán trabajando en las próximas semanas con personeros del Ejecutivo, de manera de ir avanzando en la definición de los temas más complejos de la iniciativa para comenzar la votación en particular a principios del próximo mes.
El senador Quinteros agregó que sin perjuicio de que la elección de gobernadores regionales se realice este año o en otra fecha, la idea es seguir avanzando en este proyecto, “de manera de sacar una muy buena ley para que los gobiernos regionales sepan que van a contar con las facultades y autonomías que van a requerir una vez que su órgano ejecutivo sea elegido democráticamente”, señaló.
El legislador agregó que una de las mayores discrepancias que existen en torno a la iniciativa dice relación con la forma en que se va a llevar a cabo la solicitud de nuevas competencias para los gobiernos regionales.
Al respecto, el senador se mostró partidario de que la Comisión prevista para tal efecto, y que será la encargada de proponer al Presidente de la República la pertinencia o no de asignar nuevas competencias a un gobierno regional, sea más equilibrada y no tan desbalanceada como viene en el proyecto.
En este sentido, el legislador indicó que una posibilidad es incorporar a gente de las regiones con más experiencia, como, por ejemplo, ex intendentes o ex autoridades del territorio que se trate.
Cabe destacar que el Gobierno presentó una serie de indicaciones a la iniciativa para que sean estudiadas por la Comisión Mixta. Estas son las siguientes:
• Perfecciona la Unidad de Control de los gobiernos regionales a fin de asegurar su transparencia e independencia.
• Intendente asigna recursos proyecto a proyecto y Consejo Regional aprueba conforme a ítem o marco presupuestario, salvo en el caso de aquellas iniciativas que superen un monto determinado, en cuyo caso, la asignación de fondos será potestad del Consejo Regional.
• Se otorga a los gobiernos regionales, a través de sus tres nuevas divisiones, facultades de ejecución para aplicar sus programas propios, así como las competencias que se le transfieran.
• Se establecen criterios objetivos para la transferencia de competencias.
• Se crea un Comité de Ministros para la transferencia de competencias.
• Se crea una Comisión de Transferencia de Competencias con integración regional y de nivel central equilibrada.
• Esta Comisión de Transferencia de Competencias debe consensuar un informe.
• No existe una negativa absoluta a transferir competencias, sino que se fijan observaciones a subsanar por parte de la región para lograr el objetivo de la transferencia, existiendo “acompañamiento” para ello.
• La Comisión puede solicitar informes a terceros.
• Desaparecen modalidades de transferencia de competencias. Se traspasarán competencias de decisión o de ejecución, lo que implica la disponibilidad de recursos y personal, según la necesidad de la competencia a transferir.
• Se contempla como artículo transitorio una primera etapa, donde se transferirán de oficio competencias desde el Ejecutivo, las que serán ejercidas por las divisiones (con capacidad de ejecución), con el objetivo de ir generando las capacidades necesarias. Luego de esta primera etapa, se podrán crear por ley servicios públicos regionales, según las necesidades y particularidades de cada territorio, conforme la evaluación de la Comisión de Transferencia de Competencias, la que será convocada anualmente.
Asimismo, se añadieron nuevas competencias y atribuciones legales que asigna el proyecto a los gobiernos regionales:
• Plan Regional de Ordenamiento Territorial vinculante y no orientador.
• Facultad de los gobiernos regionales de decidir localización de la disposición de residuos sólidos domiciliarios, en caso que los municipios no se pongan de acuerdo.
• Facultad de identificar zonas rezagadas.
• Fijar la Política Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo.
• Convenir con los ministerios, servicios públicos, municipalidades y otros gobiernos regionales, programas anuales y plurianuales de inversiones, los que serán obligatorios.
• Nueva regulación de las áreas metropolitanas, estableciendo procedimiento para su creación y nuevas facultades en materias de residuos, movilidad y transporte público, y medio ambiente.