Proyecto que establece traspaso de competencias pasó a Comisión Mixta

En Comisión Mixta se resolverán las discrepancias surgidas entre el Senado y la Cámara de Diputados en relación al proyecto de ley sobre Fortalecimiento de la Regionalización, que –entre otras disposiciones- incluye el traspaso de competencias desde el gobierno central a los gobiernos regionales.

Así lo determinó la Sala del Senado, luego que, por unanimidad, 29 votos a favor, rechazara las enmiendas realizadas por los diputados a la iniciativa.

La decisión se adoptó luego de dos sesiones de arduo debate, en la cual los legisladores coincidieron en pedir que la constitución de la Comisión Mixta sea una oportunidad para lograr un acuerdo amplio que garantice atribuciones claras y descentralizadas para los futuros gobernadores regionales electos.

Cabe destacar que la resolución del Senado será informada el próximo martes 6 de junio a la Sala de la Cámara de Diputados, tras lo cual se formará la citada instancia que deberá estar compuesta por cinco senadores y cinco diputados.

Contenido de la iniciativa:
Esta iniciativa busca fortalecer la gestión de los gobiernos regionales (GORES), de modo de hacerlos adecuados a la figura de una autoridad regional electa, encargada de liderarlo.
Para ello, agrega (a las ya existentes) 49 nuevas competencias de planificación y diseño estratégico, así como de ejecución de políticas públicas nacionales y regionales, competencias todas que los GORES podrán ejercer desde el mismo minuto en que la ley entre en vigencia.
Además, regula la transferencia de competencias adicionales desde los servicios públicos a los GORES, mediante un procedimiento que comenzará a operar el año 2018, a través del cual se entregarán inicialmente 29 competencias más, entre los años 2018 y 2022.
Todo ello, sin perjuicio de aquellas otras competencias que los GORES soliciten al Presidente o acepten recibir en los primeros 18 meses de los cuatrienios siguientes al 2022.
Propone un procedimiento para la transferencia de competencias.
Modifica la estructura administrativa de los gobiernos regionales, creando tres nuevas divisiones: Fomento Productivo e Industria; Desarrollo Social y Humano, e Infraestructura y Transporte.
Crea el cargo de Administrador Regional y una Unidad de Control.
Establece selección vía alta dirección pública de los Jefes de División.
Los gobiernos regionales podrán administrar áreas metropolitanas en aquellas conurbaciones que sumen más de 250 mil habitantes. En estos casos, previa dictación de un Decreto Supremo que las constituya como tales, el Gobernador Regional y los alcaldes de las comunas involucradas podrán abordar y solucionar problemas comunes, tales como los de movilidad urbana o transporte público, disposición final de la basura domiciliaria, etc.
Establece y regula la obligatoriedad de los Convenios de Programación.
Fortalece las facultades de fiscalización del Consejo Regional.
Elimina la denominación numérica para las regiones.
Confiere a los gobiernos regionales la facultad de elaborar y aprobar un Plan Regional de Ordenamiento Territorial, con carácter vinculante; y de proponer un proyecto de zonificación del borde costero de la región al Ministerio de Defensa.

Fecha: 
Miércoles, 31 Mayo 2017